“Es contradictorio que un organismo regulador del mercado supervise los fines y deberes de la medicina”

21 jun 2024

• La Comisión de Ética y Deontología del ICOMEM publica un documento de posicionamiento sobre la nueva supervisión del Código de Deontología Médica encomendada a la Administración
• Los expertos advierten que la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia carece de especialización para evaluar los códigos de conducta médicos

El pasado mes de abril se aprobó el Real Derecho 435/2024 (que modifica el Real Decreto 472/2021), mediante el cual se le encarga a la Administración la tarea de evaluar los códigos deontológicos de los colegios profesionales a través de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
 
Ante tal dictamen, la Comisión de Ética y Deontología del Colegio de Médicos de Madrid (ICOMEM) ha publicado un documento de posicionamiento en el que recuerda que el ordenamiento jurídico encomienda en exclusiva a los colegios profesionales -y no a la Administración- las funciones públicas sobre la profesión, entre las que se encuentra principalmente indicar sus normas deontológicas. 
 
En la publicación, los 15 expertos que conforman este órgano asesor manifiestan que “designar a un organismo gubernamental para revisar -o someter a un test de proporcionalidad- los códigos deontológicos que legítimamente hayan proclamado los colegios profesionales, representa una extralimitación de las funciones de la Administración que compromete los intereses de los pacientes”.
 
Código de Deontología Médica
 
El Código Deontológico alberga la norma exigible a todos los médicos. Así presta su servicio a la sociedad a la que pertenece, promoviendo la excelencia profesional, asunto inalcanzable para la mera norma legislativa.
 
“La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia carece de la especialización en las profesiones reguladas por los colegios y en consecuencia de la competencia para evaluar sus códigos de conducta”, advierten.
 
Además, aclaran que “es contradictorio que un organismo regulador del mercado sea el que realice tareas de supervisión de los fines y deberes de la profesión cuando la medicina se caracteriza, de hecho, por guiarse prioritariamente por criterios no comerciales”.
 
En la publicación se expone que los colegios de médicos son la legítima representación de la profesión y los organismos colegiales son quienes deben asumir el papel de la redacción del Código de Deontología.
 
“El poder legislativo debe valorar y promover el papel de los colegios profesionales que por su capacidad de representación y por la cualificación de sus miembros son quienes deben marcar los fines de la profesión en el servicio a los pacientes y a la sociedad que les caracterizan”, subrayan los expertos. 
 
Adjuntos
Nota de prensa en PDF
21 de junio de 2024
Documento de posicionamiento sobre la supervisión de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia del Código de Deontología Médica
21 de junio de 2024